Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Urumaco de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Primero: CON LUGAR, la demanda por Recurso de Invalidación (Divorcio por Incompatibilidad de caracteres y desafecto) de la sentencia N°150 de fecha 25-11-2021, presentada por la ciudadana KARELIS CHIQUINQUIRA GARCIA RONDON, (la recurrente) venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.807.410, domiciliada en Santa Lucia 7, Aruba, Islas Neerlandesas, debidamente apoderada por la ciudadana Abogada DANIELA CAROLINA REYES OCANTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-23.586.188 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 279.727, domiciliada en la ciudad de Punto Fijo, Municipio Autónomo Carirubana del Estado Falcón, según Poder Judicial otorgado en fecha 19 de febrero de 2025,.....