esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada MARÍA EUGENIA RODRÍGUEZ, Defensora Privada del ciudadano FRANCISCO JOSÉ DUNES ROMERO, anteriormente identificados, contra el auto dictado por el Juzgado Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad contra el mencionado ciudadano, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENSIONALES GRAVÍSIMAS, tipificado en el artículo 414 del Código Penal, conforme a lo establecido en el artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal, por falta de motivación. En consecuencia se DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA del auto recurrido, debiéndose reponer la causa al estado de celebración de una nueva audiencia oral de presentación, ante un Juez distinto al que publicó el auto.....