este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que el (la) ciudadano (a) PASTOR JOSE POLANCO, era venezolano (a), Comerciante, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.960.604, falleció Ab-intestato en fecha: Veintiséis (26) de Noviembre de Dos Mil Ocho (2008), según se evidencia de Acta de Defunción, distinguida con el N° 620, extendida en fecha 30/12/2008, por el Registro Civil del Municipio Miranda del Estado Falcón, DECLARA COMO ÚNICO.....