este Tribunal Quinto en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con lo establecido en los artículos 367 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal. Resuelve; Primero: Se admite la Acusación interpuesta por el Ministerio Público en contra del imputado, Larry Ramón Palmar, venezolano, de 39 años de edad, fecha de nacimiento 24-11-1969, casado, Ayudante en Mecánica Industrial, titular de la cedula de identidad Nro 10.688.570 y residenciado en el Barrio Santa Fe, Sector Los Cortijos vía Perija, casa sin número de color amarillo, por los fondos del deposito Mama Trina, hijo de Luís enrique Palmar y Miriam Hernández, y Renny José Soto Valera, venezolano, de 28 años de edad, titular de la cedula de identidad Nro 16.730.248, feccha de nacimeinto 20-12-1980, estado Civil soltero, de oficios albañil, residenciado en el Municipio San Francisco, Urbanizacion Ciudadela Rafael Calde.....