En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, conforme a sus atribuciones y competencia previstas en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Pena, DECLARA EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, del ciudadano JULIO CESAR LOPEZ RIVAS, venezolano, soltero, de oficio mecánico automotriz, titular de la cedula de identidad Nº V-12.523.036, residenciado en el Sector Flor Amarillo calle 14 Nº 414 Bucaral 2 Valencia Estado Carabobo, quien fue condenado a cumplir la pena de Diez (10) años de presidio por la comisión del delito de Violación Continuada, previsto en el artículo 375 del Código Penal, vigente para la época, igualmente se le condeno a la pena accesoria de la establecida en el articulo 13 del eiusdem, ha cumplido las condiciones y obligaciones impuestas durante el lapso de régimen de prueba establecido.....