DECISIÓN
En atención a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Primero: de Conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA el ARCHIVO de las actuaciones. Segundo: como consecuencia de lo anterior, se DECRETA el Cese Inmediato de toda medida de coerción personal, cautelar y de aseguramiento impuesta, así como la condición de imputado, al ciudadano EDGAR ENRIQUE HERNANDEZ BLANCO, titular de la cedula de identidad numero V.- 11.227.983 , venezolano, natural de Caracas, nacido en fecha 14/07/1970 , de 40 años de edad, estado civil soltero, de Oficio Comerciante, hijo Valerio Blanco y Nazario Hernández domiciliado en Sector las Adjuntas Manzana Nº 16 casa Nº 4 0424.-608.22.10 casa 069-27721.28, Punto Fijo, Estado Falcón, por la presu.....