esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN incoado por el Abogado RAMÓN ALBERTO MANTILLA HERNANDEZ, en su condición de Defensor Privado del ciudadano AVILIO JESUS VELASQUEZ GUILARTE, anteriormente identificados, contra la decisión dictada por el Juzgado Único de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial Penal, extensión Tucacas, que declaró culpable al referido ciudadano por el delito de VIOLENCIA SEXUAL, previstos y sancionados en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, actualmente recluido en el Centro de Coordinación Policial No. 3, sector Las Lapas, Tucacas, Estado Falcón y lo condenó a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias establecidas en el artículo 66.2 de la referida ley especial, y, conforme a lo dispuesto en el artículo 449 de.....