este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón ubicado en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA a RICHARD ANTONIO GUILLEN, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal N° 12.586.904, de estado civil casado, con domicilio en el sector cruz verde, callejón porvenir N° 38, Coro, estado Falcón, el BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, de conformidad con lo establecido en los artículos 482 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena el levantamiento del Acta de imposición a los fines de que se comprometa con el cumplimiento de las obligaciones impuestas en la presente decisión. Líbrese notificación al penado de marras y a las partes del presente Auto a efectos de que comparezcan a la imposición del presente auto para la fecha .....