Por las consideraciones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
INADMISIBLE el Recurso de Apelación incoado los ABG. HECDYS VICTORIA REYES, JESÚS RAMÓN MARTÍN y JESÚS ALBERTO DICURÚ ANTONETTI, en su condición de Defensores Privados de los ciudadanos ELÍAS CORTES GONZÁLEZ, colombiano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº 19.485.753, N° de pasaporte AF-508133, de profesión Marino Mercante y Capitán del Buque Tanque Don Gustavo y ÁLVARO JULIO GONZÁLEZ, colombiano, titular de la cédula de identidad N° 73.103.748, número de pasaporte AH-159448, de profesión marino mercante y Primer Oficial del Buque Tanque Don Gustavo, en contra del auto publicado en fecha 20 de mayo del año que transcurre, por el Juzgado Segundo de Control de esta Circunscripción Judicial, del Esta Falcón, Extensión Punto Fijo, el cual ma.....