En consecuencia este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve, PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud hecha por la representación del Ministerio Público. SEGUNDO: se decreta Medida Cautelar de conformidad con el 242 del COPP, consistente en la presentación cada 08 días para el ciudadano imputado JOSE LUIS AMAYA SALAZAR, de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 26.218.998, de 22 años de edad, estado civil soltero, de ocupación Obrero, natural de Punto Fijo- Estado Falcón, fecha de nacimiento 01-02-1992, Domiciliado en el Sector Bicentenario, calle T, casa numero 49, Municipio Carirubana, de Punto Fijo- Estado. Falcón y para la ciudadana OMAIRA JOSEFINA SALAZAR, de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 13.108.098, de 44 años de edad, estado civil soltera, de ocupación del hogar, natural de Punt.....