Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO seguido contra PERSONA DESCONOCIDA, con motivo de la presunta comisión del Delito de Hurto Simple, en perjuicio de EL JAWHARI TOUFIC ADEL, natural del Líbano, de estado civil soltero, de 31 años de edad, de profesión u oficio comerciante, titular de la cedula de identidad V-5.975.478, residenciado en la Calle Bolívar, casa 72, Coro, Estado Falcón, y Declara Extinguida la Acción Penal en el presente asunto, de conformidad con el Articulo 108, Numeral 5°, en concordancia con el Articulo 318 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.-Regístrese, Publíquese, Notifíquese al Fiscal del Ministerio Publico y al imputado, y Remítase la causa al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente.