ESTE TRIBUNAL SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Con base en los articulos 2, 3, 7, 21,26, 49,257,334 Constitucional., 7,11,12,14, 15,16, 202, 241,242,243, 643 del Código de Procedimiento Civil. Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación incoado por la representación judicial de la parte actora Sociedades Mercantiles Pinturas Tacarigua S. A y C. A Venezolanas de Pinturas., el día 25 de Junio de 2008, en contra del auto proferido por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, que en fecha 12 de Junio del 2008, declaro inadmisible la demanda presentada a consideración para ser ventilada por el procedimiento por Intimación, en contra de la firma mercantil Grupo Faveca.
SEGUNDO: Se Confirma con diferente motivación el auto de fecha 12.....