DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Único: Conforme a lo dispuesto en el artículo 256 ordinales 3° del Código Orgánico Procesal Penal, decreta la medida Cautelares Sustitutivas de Libertad al ciudadano, JEREMY BRYAN RAMIREZ LINARES, portador de la cédula de identidad Nro. 21.158.551, de 18 años de edad, de profesión OBRERO, domiciliado en URBANIZACION EL PORTAL, CONDOMINIO 03, LOS TAQUES, ESTADO FALCÓN, a quien se le atribuye la presunta comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores; consistente en la obligación de presentarse cada quince (15) días. Se ordena el trámite del procedimiento ordinario. Remítase la presente causa a la Fiscalía de origen en la .....