DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia actuando en funciones de Tercero de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, Decreta: PRIMERO: Al ciudadano: JOAN RAMON MEDINA, de nacionalidad venezolano, natural de los Punto Fijo estado Falcón, de 21 años de edad, nacido en fecha 23/09/1991, soltero, de profesión u oficio pescador, con residencia Las Piedras, sector Nuevo Barrio, Calle Marina, casa sin número, casa rosada, como a 50 metros de la plaza y a 200 metros del muelle de la piedras, de la ciudad de Punto Fijo Estado Falcón, titular de la cedula de identidad numero V-25.402.491, hijo de Nicolás Samuel Medina y Birmania Medina Guanipa, LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad a lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal, por la presunta comisión del delito de: HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCION DEL DELITO DE ROBO A MANO ARMADA, .....