Por los argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Sección Penal Adolescente del Circuito Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la solicitud Fiscal y CON LUGAR, la solicitud de la defensa y en consecuencia se le impone al adolescente imputado IDENTIDAD OMITIDA, antes identificado, por la presunta comisión del delito de AMENAZA, previsto en el articulo 41 de la Ley Sobre El Derecho De La Mujer A Una Vida Libre De Violencia, la medida cautelar prevista en el articulo 582 literal "b" de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por lo que se le obliga a someterse al cuidado y vigilancia de su representante legal, quien presente en sala se constituye la custodia, comprometiéndose a someterlo al proceso y la medida de protección establecida en el articulo 87 nume.....