DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: al ciudadano VICENTE TAO VALERO, venezolano, natural de Los taques, Estado Falcón, nacido el 11-12-59, de 46 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.284.804, casado, domiciliado en el sector Cujicana, calle Don Bosco, casa No 3, de color verde, de profesión u oficio comerciante, hijo de Vicente Tao Peguero y Nelia Valero, las Medidas Cautelares Sustitutivas previstas en los ordinales 3° y 6° del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación cada 12 días, por ante este tribunal en un horario comprendido entre las 8:30 de la mañana y las 3:00 de la tarde, y la prohibición de comunicarse con la victima y sus familiares. Por la presunta comisión del delito de Robo de Vehículo Automotor previsto y sancion.....