DISPOSITIVA
Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CON BASE EN LOS ARTICULOS 2,7, 21, 26, 49, 257, 334, Constitucionales, 1354, 1357, 1731, 1724, Del Código Civil, 7, 11, 12, 14, 15, 16, 202, 242, 243, 506, 507, 508, 509 y 510 del Código de Procedimiento Civil., DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda de Resolución de Contrato de Comodato Verbal, incoada por la ciudadana Parmy Chávez Fermín, titular de la cedula de identidad Nº 3.446.502, asistida por la abogada Ivellie Figueroa Álvarez, Inpreabogado Nº 29.242, en contra de la ciudadana Ivonne Carolina Veliz, titular de la cedula de identidad Nº 9.508.247, asistida por el abogado Víctor Leañez Fuguet, Inpreabogado Nº 2.642. SEGUNDO: En consecuencia, Téngase como Improcedente la demanda de Resolución de Contrato de com.....