DECISIÓN
Por las consideraciones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR el Recurso de Apelación intentado por la abogada Petra Padilla Peña, en su condición de Defensora Pùblica Segunda del Circuito Judicial Penal de Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, del Ciudadano: Edgar Rafael Ventura FLete, en contra de auto dictado por el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal de Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, en fecha 27 de Febrero del año en curso.
Publíquese, regístrese y comuníquese.
Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
La Presidente,
GLENDA OVIEDO RANGEL
RANGEL ALEXANDER MONTES MARLENE MARIN DE PEROZO
PONENTE.....