Por las razones antes expuestas este Juzgado Segundo del municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara EXTINGUIDO LA INSTANCIA, en el presente asunto signado con el Nro. 0559, contentivo del juicio por COBRO DE BOLIVARES, interpuesto por el ciudadano: ALBERTO ANTONIO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nro. 9.527.570 domiciliado en esta ciudad Coro Estado Falcòn, asistido por el abogado RICARDO ALBERTO MORALES PEREIRA, venezolano, mayor de edad, Cédula de Identidad Nro. 13.616.379, Inpreabogado Nro. 90.428, domiciliado en esta Ciudad de Coro Estado Falcón, contra el ciudadano JORGE COLINA MATIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 3.362.188, domiciliado en esta Ciudad de Coro Estado Falcón. ASI SE DECIDE