Por los motivos expuestos, este Juzgado Primero de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos EMILIO ANTONIO GARCÍA PETIT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.584.961 y residenciado en la calle San José, entre calles 05 de Julio y Los Reyes, casa Nº 06 de la Población de Pueblo Nuevo, Jurisdicción del Municipio Falcón del Estado Falcón y ELIZABETH CHIRINOS DE GARCÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.910.268 y domiciliada en el Sector san Román, calle San Román, casa Nº 05 de la Población de Pueblo Nuevo, Jurisdicción del Municipio Falcón del Estado Falcón, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, y en consecuencia:
PRIMERO: Se declara DISUELTO el víncu.....