IV
DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) HOMOLOGADO EL ACUERDO DE TRANSACCION efectuado por ante este Juzgado, en fecha veintitrés (23) de Mayo de dos mil dieciocho (2018), entre la parte demandante, JAIRO JESÚS RAMÍREZ PETIT, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad Nº V-5.381.409, en su carácter de Gerente General de la sociedad mercantil AGROINTEGRADA DEL CAMPO 2021, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en fecha 11 de junio de 2012, bajo el Nº 10, Tomo 18-A, y por parte demandada los ciudadanos ERWIN JOSÉ RINCÓN COHEN y GUSTAVO ADOLFO MORALES SILVA, venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-6.832.218 y V-9.126.995, respectivamente.....