Este Tribunal Penal de Primera Instancia, Estadales y Municipales en Funciones de Segundo Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR PARCIALMENTE la solicitud fiscal, se Decreta al ciudadano FROILAN ANTONIO SALAZAR MÚJICA, de 23 años de edad, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 20.932.445 de nacimiento 06-11-1990, profesión u oficio, Obrero, domiciliado en el Parcelamiento Cástulo Mármol Ferrer, Calle Ali Primera, Casa sin numero, cerca del Ambulatorio, Coro Estado Falcón, la privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de ROBO A.....