DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, actuando con funciones de Control en el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley de conformidad con los artículos 191 y 193 de la Ley Orgánica de Drogas, declara: CON LUGAR, la solicitud presentada por el Abogado ARGENIS RUIZ ATACHO, Fiscal XII del Ministerio Público, y AUTORIZA LA DESTRUCCION DE LA SUSTANCIA ILICITA INCAUTADA, que resultó ser CANNABIS SATIVA LINNE (MARIHUANA), de las características y peso, supra determinadas. Se designan como expertos a las Detectives NERVIS QUINTERO y ZULEIMA MINDIOLA, Analistas Químicos, adscritos al Departamento de Criminalistica del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, con sede en la Ciudad de Coro, para que constaten en el acto de destrucción su correspondencia con la sustanc.....