Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en la Ciudad Santa Ana de Coro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad, constituido en forma UNIPERSONAL: DECLARA: PRIMERO: NO CULPABLE al ciudadano ANTONIO JOSE GONZALEZ ALONZO, de los delitos de VIOLACION AGRAVADA CONTINUADA Y ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS, en perjuicio de las menores IDENTIDADES OMITIDAS. SEGUNDO: Como consecuencia de no culpabilidad del hoy acusado de auto la sentencia debe ser ABSOLUTORIA. TERCERO: Se ABSUELVE al ciudadano ANTONIO JOSE GONZALEZ ALONZO, Venezolano, mayor de edad, nació en Coro, el 22/06/51, de 60 años, residenciado en Urb. Arístides Calvanis, Calle 2, casa N° 14, de esta Ciudad de Coro estado Falcón y titular de la cédula de identidad V-3.831.161, numero de teléfono: 0424-6637445, hijo de Ana de González y José González (difuntos), acusado en el presente asunto por los delitos de VIOLA.....