Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO MAUROA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, el OFRECIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, propuesto por el ciudadano JEANS ANGEL CHIRINO GUTIÉRREZ, venezolano, mayor de edad, obrero, titular de la cedula de identidad Nº V- 14.846.618, domiciliado en la calle Comercio de esta población de Mene de Mauroa, Municipio Mauroa del Estado Falcón, a favor de su hijo (Omitida identidad de conformidad con el articulo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) , de ocho (8) años de edad, representado por su madre, ciudadana FABIANA PAOLA CARDOZO, mayor de edad, venezolana, titular de la cedula de identidad No. V-17.188.691, domiciliada en el sector La Chamarreta, Municipio Mauroa del Estado Falcón. Y asi se declara.