Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Se Admite Totalmente la Acusación presentada por el Ministerio Público y las pruebas ofertadas. SEGUNDO: SE CONDENA al ciudadano DANIEL JOSE DIAZ, de nacionalidad venezolano, natural de Pueblo Nuevo, Estado Falcón, de 19 años de edad, nacido en fecha 21-12-1994, soltero, de profesión u oficio panadero, con residencia en el Calle 23 de Enero Pueblo Nuevo, Municipio Falcón, Estado Falcón, titular de la cedula de identidad numero V-22.898.433, hijo de MELVIS COROMOTO DIAZ, numero telefónico celular de su Hermano JOSE ANTONIO DIAZ (0426-101-43-23), a cumplir la pena de TRES (3) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA, previsto en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescentes, en perjuicio d.....