DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud planteada por el ministerio publico contra el ciudadano ASDRUBAL JOSE CURIEL CABRERA, Venezolano, natural de Punto Fijo, nacido en fecha 06/10/82, de 31 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.807.783, de estado civil soltero, de profesión u oficio soldador, y residenciado en bicentenario, calle T, casa 21, teléfono 0426-2450931, la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, establecida en el ordinal 3º del Artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, referida a la presentación por ante este Tribunal cada 08 días, la MEDIDA DE PROTECCIÒN Y SEGURIDAD establecidas en el Artículo 87, numerales 3, 5, 6 y 13 de la ley especial, referida a la salida del hogar domestico, la prohibición .....