este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que el ciudadano ÁLVARO ANTONIO GARCÍA ZÉA, era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.962.113, de esta jurisdicción, falleció Ab-intestato en fecha: Trece (13) de Octubre de Dos Mil Nueve (2009), según se evidencia de Acta de Defunción, distinguida con el N° 494, extendida en fecha 20/10/2009, por el Registro Civil del Municipio Miranda del Estado Falcón, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSAL.....