esta Corte de Apelaciones, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR LA SOLICITUD DE ACLARATORIA presentada por los Abogados SALVADOR JOSÉ GUARECUCO CORDERO y MARIANGÉLICA FORNERINO, en sus condiciones de Defensores Privados del ciudadano: HÉCTOR ALFREDO ALONSO BELLO, contra la decisión publicada por esta Corte de Apelaciones en el presente asunto, que declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por los mencionados Abogados, contra el auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual declaró la procedencia de una medida cautelar sustitutiva de la medida de privación judicial preventiva de libertad sobre su representado y, en consecuencia, LA NULIDAD ABSOLUTA DE LA DECISIÓN objeto del recurso de apelación, con la consecuente reposición de la causa al estado de celebración de una nueva audiencia de presentación .....