DISPOSITIVO DEL FALLO
Por todos los argumentos anteriormente señalados, este Tribunal Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con base en los artículos, 26, 49, 257 y 334 de la Constitución Nacional de la Republica y 12, 14, 242, 243, 506, 507, 509 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la Reconvención propuesta por la demandada-reconviniente.
SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO Y RESARCIMIENTO DE DAÑOS, sigue la ciudadana YOMANNY JOSEFINA OLLARVES ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.923.312, de este domicilio, representada por el profesional del Derecho abogado FERNANDO YVAN PIRELA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.838 en contra del ciudadano DAVID JOSE SANCHEZ COLINA, venezolano, mayor de eda.....