DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad prevista en el artículo 256, ordinal 3° consistente en la presentación cada 08 días por ante este Despacho a la ciudadana: NOHEMI COROMOTO MARTES ALVAREZ, venezolana, natural de Maracaibo estado Zulia, nacida en fecha 03-04-76, de 32 años de edad, cédula de identidad No. 12.873.041 (no la porta), estado civil soltera, grado de instrucción 4° año de bachillerato, domiciliada Barrio Industrial calle Municipal Nº 03, por la bajada de Guaranao, a tres cuadras del matadero municipal, oficio: Ama de casa, hijo Gregoria Marlene Martes Álvarez y Orangel José Martes Álvarez, para quien solicita se decrete Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, prevista en el artículo 256, ordinales 3ª del Código Orgánico Procesal Penal, .....