Este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en función de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud Fiscal. SEGUNDO: Se impone al ciudadano CARLOS JOSE GARCIA BRAVO, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V- 25.692.599, nacido en fecha 06-05-94, domiciliado en sector sabana larga, Calle 07, entre calle 1 y 2 casa sin numero del Estado Falcón, de 20 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio indefinida, teléfono 0426-960.0205 (madre Mirna bravo) por la presunta comisión del Delito ULTRAJE A FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 223 del Código Penal, de las medidas alternativas de la prosecución del proceso consistente en principios de oportunidad, acuerdos reparatorios y suspensión condicional del proceso, en virtud de ello manifiesto el ciudadano: SI ADMITO LOS HECHOS POR LOS CUALES ME ACUSA EL MINISTERIO PÚBLICO y ofrezco como reparación al dañ.....