Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a la Ciudadana, INGRID ESTHER RIVAS DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.715.376, natural de Mene Mauroa, de 43 años de edad, nacido en fecha 28-12-66, de profesión, comerciante, hijo de CARMEN CECILIA DIAZ Y NEPTALI RIVAS, domiciliado en CALLE PENINSULAR, Nº 14-137, ENTRE ARAGON Y PERU, PUNTO FIJO, ESTADO FALCÓN por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31, de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. por estar llenos los extremos del artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Pen.....