Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Quinto de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a la imputado YELITZA DEL VALLE PAEZ, venezolana, de veintisiete años de edad, titular de la Cédula de identidad N° 14.236.443 y domiciliado en la Calle Colina, Casa Sín Número, Pueblo Nuevo, Municipio Mauroa del Estado Falcón, de conformidad con lo previsto en el articulo 256, Ordinales 3 y 9 del Código Orgánico Procesal penal por considerarla incursa en la comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código penal, VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado enel artículo 17 de la Ley sobre la violencia contra la Mujer y la Familia y TRATO CRUEL, previsto y sancionado en el artículo 254 de la Ley Orgánica para la protección del niño y del Adolescente, en concordancial con el artículo 217 ejusdem. Quedan Notificadas las partes de la.....