este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Otorga el Beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL POR MEDIDA HUMANITARIA al ciudadano JAIRO JOSE SERRANO MELLIZO, Colombiano, nacido en fecha 01-05-1963, de 42 años de edad, titular de la cédula de identidad No 16.689.126 de profesión u oficio mecánico industrial, domiciliado en la Calle Cubero, No 17-4, 2241, Cali, Colombia, y actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Occidente, Santa Ana Estado Táchira, todo de conformidad a lo previsto en los artículos 83 y 84 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, el artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el artículo 11 de la declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, así como lo previsto en los artículos 479 ordinal 1°, 503 y 504 del Código Orgánico Procesal.....