Se admite totalmente la Acusación Fiscal, interpuesta contra el Ciudadano ALEJANDRO JOSE RIVAS GARCIA, venezolano, de 29 años de edad, titular de la cédula de identidad N° v-20.570.430, fecha de nacimiento: 10/06/1985, de profesión u oficio secretario privado de la cámara municipal domiciliado en calle Rafael Alcorcer, esquina dubisi, casa s/n, amarilla de rejas blancas, a dos cuadras de Edgar grafics, Municipio Miranda, Estado Falcón; madre; Miriam Lourdes García y padre Iván José Rivas (fallecido)teléfono : 0268-252-8036.
SEGUNDO: Se admiten totalmente las pruebas ofrecidas por la Fiscalía, por ser útiles, licitas, necesarias y pertinentes; de igual manera se admitió en esta Audiencia Preliminar, incorporar a los medios de pruebas, la testimonial de la Ciudadana YENNY SIRIT, este medio de prueba testimonial fue admitido en esta Audiencia preliminar, de conformidad con el articulo 313 numeral 1° del COPP, por considerar este juzgado, que dicho medio de prueba testimonial, es licito, .....