En virtud de las consideraciones que preceden, éste Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, con competencia para el Régimen Procesal Transitorio, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO ORDINARIO, fundamentada en los numerales 2° y 3° del Artículo 185 del Código Civil Venezolano, interpuesta por la ciudadana CELIMAR DANIELA DE LA SANTISIMA TRINIDAD ELJURI RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-17.350.996, debidamente asistida por la abogada Lilian Morales Pereira, inscrita por ante el Inpreabogado bajo el número 147.648, en contra del ciudadano DIEGO ALFONSO GODOY MANRIQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-16.832.024, por lo tanto se mantiene el vínculo matrimonial existe.....