es que en consecuencia, éste Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de las facultades otorgadas en el numeral 1 del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, Otorga el Beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL a los penados. WILLIS ALBERTO DORIA VARGAS, titular de la cédula de identidad N° V-17.309.175, soltero, profesión u oficio, obrero, de 21 años de edad, nacido en fecha 09-04-83, residenciado en Calle Garcés entre Brasil y Perú casa N° 13-118, de Punto Fijo, hijo de Guillermo Doria e Irma Josefina Vargas Goitía, Goitía y REINALDO PEROZO ARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.980.863, soltero, de 20 años de edad, nacido en fecha 07-10-83, residenciado en el Barrio Andrés Eloy Blanco calle Balmore Rodríguez, entre chile y Uruguay casa N° 78, de Punto Fijo, hijo de Edgar Doria y Nelly P.....