DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos es por lo que este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con el Artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, ratifica la medida de coerción personal al imputado KELVIN RAMON GONZALEZ LOPEZ, venezolano, natural de Punto Fijo, nacido en fecha: 7/10/87, de 19 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 18.699.123, de Estado Civil: Soltero, domiciliado en el Sector Josefa Camejo, calle Las Flores, casa 51 de esta ciudad de Punto Fijo, quien se encuentra privados de su libertad, actualmente recluído en el Internado Judicial de la ciudad de Coro, procesado por la presunta comisión del delito de. ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, ilícito Éste previsto y sancionado en los Artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, y Así se Decide.....