En consecuencia este Tribunal Segundo de control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo. Administrando Justicia en Nombre de La República y por Autoridad de la Ley Ordena la Libertad del imputado y de conformidad a lo previsto en los articulos 256, del Código Orgánico Procesal Penal Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad prevista en el, Ordinal 3°, consistente en la presentación periódica por ante este Tribunal cada 15, días, en un horario comprendido de 08:30, de la mañana a tres (03) de la tarde y la prohibición de salida del Estado Falcón sin la autorización del tribunal al imputado: ELIXIDOROS JOSÉ VILLAROEL VENTURA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V- 17.136.420, identificado plenamente en las actuaciones por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICOS, previsto y sancionado en el artículo 36. de la Ley especial que rige la materia, todo de conformid.....