Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la ACUMULACIÓN DE PENAS Y CAUSAS respecto al penado JOSE GREGORIO MENDOZA MEJIAS; venezolano, titular de la cedula de identidad Nª 11.849.852, hijo de José Mendoza y Doris Mendoza, nacido en fecha: 10-03-1974, residenciado en : calle panamá, callejón san Luís, casa Nº 5 diagonal a una iglesia, Punto Fijo, señalado en las causas penales IK11-P-2015-000011 y IP11-P-2009-000770, respectivamente. Como consecuencia de la anterior declaratoria Acuerda PRIMERO: Establecer como cuantía de la pena a cumplir JOSE GREGORIO MENDOZA MEJIAS, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.849.371, en DOCE (12) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de ley, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO FRUSTRADO, previstos y sancionados en el artículo 458 en relación co.....