Por los motivos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos NOHELIA ROSA SIVIRA MUJICA y JESUS ENRIQUE GARCIA PRIETO, ambos identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día 01 de Marzo de 1978, por ante la Alcaldía del Municipio Punta Cardón (hoy Parroquia Punta Cardón, del Estado Falcón.
Por cuanto la presente sentencia no tiene apelación se declara DEFINITIVAMENTE FIRME.
Liquídese la Sociedad conyugal. Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo de este despacho.
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