ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la oposición presentada a consideración del Órgano Jurisdiccional por la Doctora Katia Leudina García De Llamozas, Inpreabogado número 30.769, actuando en representación del Codemandado ciudadano Mario Rafael Penso Rodríguez titular de la cédula de identidad número 3.675.037, en contra del convenimiento realizado en fecha 22 de Febrero de 2007, por los demandados Coherederos Elida Rosa De Penso, Jacobo Jesús Penso Rodríguez, Mariely Penso Rodríguez, Oswaldo Daniel Penso Rodríguez, Maria Coromoto Penso Rodríguez., con la parte actora ciudadana Loyda Rosa Penso Rodríguez titular de la cédula de identidad número 7.491.891, debidamente patrocinada por el Abogado Jesús Vivas Padilla Inpreabogado número 18.999.
SEGUNDO: De c.....