Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO seguido contra el ciudadano ARGÉNIS SALON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº (No consta en Actas), con motivo de la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, previsto y sancionado en el artículo 20 de la Ley sobre la violencia contra la mujer y la familia, en perjuicio de la ciudadana ILSIS MARINA OSPINO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº 11.250512, y Declara Extinguida la Acción Penal en el presente asunto, de conformidad con el ordinal 3° del artículo 318 y el artículo 48 ordinal 8° ambos del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 108 ordinal 5° del Código Penal. Regístrese, Publíquese, Notifíquese y Remítase la causa al Archivo Judicial en la.....