Por todos los argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Estado Falcón, con sede en Coro, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Primero: Con lugar la solicitud Fiscal, en relación a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, antes identificados, a la cual no se opone la defensa pública, y en consecuencia le decreta la libertad sin restricciones, de conformidad con los artículos 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 8 , 9 y 229 del Código Orgánico Procesal Penal y 548 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por estar presuntamente incursos en el delito de los delitos de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTE DEL DELITO, tipificado en el artículo 470 del Código Penal Vigente Segundo: Se ordena proseguir la presente causa por el procedimiento ordinario Tercero: Se o.....