este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescentes de Santa Ana de Coro Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: Se impone personalmente a los sancionados YOEL JOSÉ MORALES NAVARRO titular de la cédula de identidad Nº 26.057.009 Y CARLOS ALEXANDER MORALES NAVARRO titular de la cédula de identidad Nº 26.813.336 de las sanciones dictadas en su contra en el asunto IP01-D-2015-00036, para ambos sancionados y previa acumulación acordada de conformidad al artículo 76 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, se acordó la acumulación de los s asuntos IP01-D-2014-000019, IP01-D-2014-000369, IP01-D-2014-000468 al asunto IP01-D-2014-000036, imposición efectuada de conformidad a lo previsto en los artículos, 622, 629, 643, 646 y 647. SEGUNDO: Se modifican las sanciones no privativas de .....