En fuerza de las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA DISUELTO EL VÌNCULO MATRIMONIAL que unía a los ciudadanos MARLYN ELIMAR GONZALEZ PULGAR e YRWIN GREGORIO VALDEZ COLINA, titulares de las cédulas de identidad Nº V-14.646.586 y V-14.226.605, respectivamente, contraído en fecha catorce (14) de marzo del año 1998, por ante el Registro Civil de la Parroquia Punta Cardón, Municipio Carirubana, del Estado Falcón; la cual corre inserta bajo el acta Nº 23 del Libro de Registro de Matrimonios.
De conformidad con lo previsto en el Artículo 351 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el Artículo 360 ejusdem, en lo que respecta a los hermanos KEVIN GABRIEL y KIMBER.....