este Tribunal de Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Se admite la acusación fiscal, se admite la calificación jurídica imputada por el delito ROBO GENÉRICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal en perjuicio del ciudadano JOSNIL SÁNCHEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 313 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal interpuesta contra los ciudadanos LUIS ALFREDO MEDINA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.924.757 y GILBERTO JOSE POLANCO LAZARO Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-23.678.694. Se admiten todas las pruebas testimoniales y las documentales señaladas anteriormente, ofrecidas por el Ministerio Público por considerarlas lícitas, legales y pertinentes para el enjuiciamiento de la acusada y como fundamento de la acusación fiscal, de .....