Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley condena al ciudadano: FRANCISCO RAMON FLORES GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 14.647.169, domiciliado en la Ave. Jacinto Lara con calle Ayacucho casa s/n, Punto Fijo, del Estado Falcón, por considerarlo autor del delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 377 del Código Penal venezolano antes de sui reforma, en perjuicio de la adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna , a cumplir la pena de UN AÑO (01) DE PRISION. . Asimismo se condena a las penas accesorias previstas en el Artículo 16 del Código Penal Venezolano, vale decir; la inhabilitación política durante el tiempo de la pena y a la sujeción a la vigilancia de la Primera Autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, ter.....