Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Impone al ciudadano RUBEN ARCILA CAHUAO, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Urbanización Cruz Verde, Sector 08, Calle 17, Casa Nro. 28, Coro, Estado Falcón y titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 4.102.450, de la medida cautelar contemplada en el ordinal 3º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, Quedan notificadas las partes de la presente decisión por encontrarse presentes. Remítanse con Oficio las Presentes actuaciones a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público del Estado Falcón en su debida oportunidad.
El Juez Cuarto de Control
Abg. HELY SAUL OBERTO REYES
El Secretario
.....